
PROCESAN A DIRECTIVOS DE LA AFA POR RETENCIÓN INDEBIDA DE APORTES Y TRIBUTOS
La justicia imputó a Claudio Tapia y a otros dirigentes por la retención de más de $19.300 millones entre 2024 y 2025. Dispuso embargos y restricciones para algunos acusados.
El juez penal económico Diego Amarante procesó este lunes 30 de marzo de 2026 al presidente de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), Claudio “Chiqui” Tapia, junto a otros cuatro directivos, en el marco de una causa que investiga la retención indebida de fondos públicos. La medida incluye embargos millonarios y, en algunos casos, la prohibición de salida del país. La investigación se originó en una denuncia de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
Según la resolución judicial y la fiscalía, los imputados son responsables de la apropiación indebida de tributos y recursos de la seguridad social por más de 19.300 millones de pesos, correspondientes a impuestos y aportes patronales no depositados entre 2024 y 2025. El magistrado sostuvo que el delito se configura al momento del vencimiento de los plazos legales para el pago, independientemente de que las sumas hayan sido abonadas con posterioridad.
Las defensas de los acusados rechazaron los cargos y argumentaron que no existió delito debido a la cancelación posterior de las obligaciones. Sin embargo, tanto el juez como el Ministerio Público Fiscal desestimaron esa postura al considerar que la conducta ya se encontraba consumada en el momento del incumplimiento.
En cuanto a las medidas dispuestas, Tapia y el tesorero Pablo Toviggino recibieron embargos de 350 millones de pesos cada uno y mantienen la prohibición de salida del país. En cambio, Cristian Malaspina, Víctor Blanco Rodríguez y Gustavo Roberto Lorenzo también fueron procesados con embargos fijados, pero sin restricción migratoria, en función del grado de responsabilidad asignado.
La causa continuará en la Cámara Nacional en lo Penal Económico, donde las defensas anticiparon que apelarán los procesamientos. Ese tribunal deberá revisar la decisión y definir si confirma, modifica o revoca la resolución dictada por el juez Amarante.