
FONDO BUSCA EMBARGAR ACTIVOS ARGENTINOS EN EE.UU. POR UNA DEUDA DE US$390 MILLONES
Titan Consortium avanza en tribunales estadounidenses para ejecutar un fallo impago vinculado a la expropiación de Aerolíneas Argentinas. La disputa involucra activos en Nueva York y se cruza con otros litigios.
La disputa judicial por la expropiación de Aerolíneas Argentinas sumó un nuevo episodio en Estados Unidos, donde el fondo Titan Consortium inició acciones para embargar activos argentinos con el objetivo de cobrar una sentencia por US$390,9 millones que el país no pagó. El caso se tramita en una corte del distrito de Columbia, que ya reconoció el fallo a favor del acreedor.
La deuda se origina en un laudo emitido en 2019 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI). En 2024, la justicia estadounidense validó esa decisión y ordenó el pago del monto establecido más intereses. Ante la falta de cumplimiento, el fondo avanzó en la etapa de ejecución tras 16 meses sin que la Argentina cancelara la obligación.
Uno de los puntos centrales del conflicto es la intención de Titan de acceder a activos que puedan utilizarse como garantía. En particular, apunta al colateral de los bonos Brady, cuyos respaldos se encuentran depositados en el banco de la Reserva Federal de Nueva York. Estos recursos también son reclamados por otros acreedores, lo que abre una disputa por la prioridad de cobro.
El avance del fondo se superpone con otras negociaciones en curso. En marzo, el Gobierno había acordado utilizar esos mismos activos para cerrar litigios con los fondos Attestor y Bainbridge, vinculados a deudas impagas del default de 2001. Para ello, envió un proyecto de ley al Congreso con el fin de convalidar ese entendimiento.
El proceso incluye además antecedentes de negociación directa entre las partes. En noviembre de 2024, la Argentina y Titan habían avanzado hacia un acuerdo para cancelar la deuda, pero el pago no se concretó tras un cambio en la estrategia judicial del país. Esa decisión derivó en la reactivación del conflicto y en el inicio de los procedimientos para ejecutar el fallo mediante embargos.