
EL GOBIERNO AUTORIZÓ UNA NUEVA DEUDA POR HASTA US$5.000 MILLONES Y HABILITÓ LA JURISDICCIÓN DE NUEVA YORK
La medida fue oficializada a través del Decreto 478/2026, publicado este lunes en el Boletín Oficial. El esquema prevé operaciones de crédito con entidades financieras internacionales y contempla cláusulas de prórroga de jurisdicción para eventuales litigios.
El Gobierno nacional autorizó una nueva operación de endeudamiento por hasta 5.000 millones de dólares mediante el Decreto 478/2026, publicado este lunes 22 de junio en el Boletín Oficial. La norma lleva las firmas del presidente Javier Milei, el ministro de Economía Luis Caputo y el jefe de Gabinete Manuel Adorni, y forma parte de una estrategia de financiamiento orientada a obtener recursos en dólares a través de acuerdos con entidades financieras internacionales.
El decreto faculta a las áreas responsables de la administración financiera del Estado a avanzar en la toma de crédito público bajo condiciones que serán definidas posteriormente por el Ministerio de Economía. Según lo establecido en la norma, el objetivo es reducir el costo de financiamiento del Tesoro Nacional y las operaciones podrán contar con respaldo parcial de organismos multilaterales de crédito.
Uno de los puntos centrales de la disposición es la autorización para incluir cláusulas de prórroga de jurisdicción a favor de tribunales estaduales y federales de Nueva York para resolver eventuales controversias derivadas de los contratos. También se habilita la posibilidad de renunciar a la inmunidad de jurisdicción del Estado argentino, aunque únicamente en relación con disputas vinculadas a estas operaciones.
Al mismo tiempo, el texto aclara que esa prórroga no implica una renuncia a la inmunidad de ejecución. En ese marco, quedan excluidos de eventuales ejecuciones las reservas del Banco Central, los bienes del dominio público nacional, los activos vinculados a servicios públicos esenciales, los bienes diplomáticos y consulares, así como el patrimonio cultural y los activos destinados a defensa y seguridad.
La normativa también establece que el Poder Ejecutivo podrá definir las condiciones financieras de las operaciones, entre ellas plazos, monedas, comisiones y designación de agentes financieros, además de contratar a las instituciones y funcionarios necesarios para concretar los acuerdos.