
Cinco años y seis meses de prisión para una masajista acusada de extorsionar con imágenes íntimas
Carina Pilar Gottau fue condenada por dos hechos ocurridos en Bahía Blanca, en los que exigió transferencias de dinero bajo amenazas de difundir fotografías y conversaciones privadas.
La Justicia condenó a cinco años y seis meses de prisión a Carina Pilar Gottau, una masajista de 50 años conocida como “La Pili”, por dos hechos de extorsión ocurridos en Bahía Blanca.
De acuerdo con la reconstrucción judicial, la mujer contactó a los dos hombres a través de Facebook y luego continuó las conversaciones por WhatsApp. Tras intercambiar imágenes íntimas, comenzó a exigirles dinero bajo la amenaza de publicar el material.
El primer caso
El primer episodio comenzó el 22 de diciembre de 2025. Gottau inició el contacto con un hombre mediante Facebook y luego ambos continuaron comunicándose por WhatsApp.
Después del intercambio de fotografías íntimas, la mujer comenzó a reclamarle dinero para evitar que las imágenes fueran difundidas.
Durante tres días, el hombre realizó diez transferencias por un total de $255.500 a una cuenta de Mercado Pago vinculada a Gottau. Sin embargo, los pedidos continuaron.
En su declaración, el hombre contó que temía que las fotografías fueran publicadas y que esa situación lo llevó a recurrir a la Justicia.
Amenazas y nuevas transferencias
El segundo episodio comenzó el 2 de mayo de 2026, nuevamente después de un contacto iniciado en Facebook y continuado por WhatsApp.
Durante los días siguientes hubo conversaciones e intercambio voluntario de imágenes sexuales. La situación cambió durante la madrugada del 8 de mayo, cuando Gottau comenzó a exigir dinero y amenazó con difundir las fotografías y las conversaciones.
También aseguró conocer el lugar de trabajo del hombre y advirtió que podía presentarse en su domicilio.
Entre las 3:27 y las 3:32, la víctima realizó cuatro transferencias por un total de $59.000. Los pagos fueron registrados en su teléfono y luego corroborados mediante informes de Mercado Pago.
El hombre declaró que, después de las transferencias, continuó recibiendo llamadas y mensajes. Por ese motivo pidió medidas de protección y manifestó que cambiaría su número telefónico.
Qué dijo Gottau durante la investigación
Al declarar ante el fiscal Rodolfo de Lucía, Gottau reconoció haber mantenido contacto con los dos denunciantes, haber intercambiado imágenes y haber recibido dinero.
Sin embargo, negó que los pagos fueran producto de una extorsión. Sobre el primer caso, sostuvo que el hombre había consultado por sus servicios de masajista y que parte del dinero correspondía al adelanto de un turno que nunca se concretó.
En relación con el segundo denunciante, afirmó que mantenían conversaciones frecuentes y que tenían previsto conocerse. Según su versión, el hombre se había ofrecido a ayudarla económicamente porque atravesaba un período de poco trabajo.
La mujer también reconoció haber amenazado con exponerlo, aunque sostuvo que lo hizo para que dejara de enviarle contenido sexual y aseguró que no tuvo intención de extorsionarlo.
La condena
El juez Eugenio Casas, del Tribunal en lo Criminal N.º 2, consideró que las explicaciones de Gottau no se correspondían con las pruebas incorporadas a la causa.
Las conversaciones, los horarios de los mensajes y los movimientos de dinero permitieron establecer, según el fallo, que las transferencias estaban vinculadas con las amenazas de publicar las imágenes.
La sentencia fue dictada el 14 de septiembre mediante un juicio abreviado. Gottau cumplirá la pena bajo arresto domiciliario debido a que está a cargo de un hijo con discapacidad.
Como circunstancia atenuante, el magistrado consideró que la mujer no tenía antecedentes penales. Además, ordenó el decomiso del teléfono Motorola Moto E13 utilizado en los hechos.
Durante el análisis del dispositivo también fueron encontradas capturas de conversaciones e imágenes íntimas correspondientes a otro hombre. El fallo señaló que ese material podría estar relacionado con otra posible víctima, aunque la condena abarcó únicamente los dos hechos acreditados en la causa.