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La Corte Suprema restableció temporalmente los límites a la compra de tierras rurales por extranjeros

El máximo tribunal suspendió los efectos de un artículo del DNU 70/2023 que había eliminado la Ley de Tierras Rurales, mientras avanza una nueva causa judicial sobre la normativa.

La Corte Suprema restableció temporalmente los límites a la compra de tierras rurales por extranjeros

El máximo tribunal suspendió los efectos de un artículo del DNU 70/2023 que había eliminado la Ley de Tierras Rurales, mientras avanza una nueva causa judicial sobre la normativa.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación dispuso suspender de manera provisoria los efectos del artículo 154 del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023, que había derogado la Ley de Tierras Rurales durante el gobierno de Javier Milei.

La medida cautelar interina implica que, mientras continúa el proceso judicial, vuelven a aplicarse temporalmente las restricciones a la titularidad de tierras rurales por parte de extranjeros.

La resolución se conoció este viernes 9 de octubre y se produce después de una decisión anterior del máximo tribunal, que el 29 de septiembre había revocado un fallo que declaraba inconstitucional la derogación de la norma.

En aquella oportunidad, la Corte rechazó una demanda presentada por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM), al considerar que la organización no tenía legitimación para promover ese reclamo.

Sin embargo, la nueva intervención corresponde a otro expediente. La causa fue iniciada por la Asociación Civil Árbol de Pie y otros demandantes, quienes cuestionaron la eliminación de la ley desde una perspectiva vinculada con la protección del ambiente y los recursos naturales.

La suspensión tiene carácter provisional y no constituye una decisión definitiva sobre la constitucionalidad del decreto. El proceso judicial continuará mientras se analiza el planteo presentado en este nuevo expediente.

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