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Juez federal ordenó restituir las pensiones por discapacidad en Catamarca

La resolución de Guillermo Díaz Martínez hizo lugar a la cautelar de APYFADIM, presentada con patrocinio de la Defensoría del Pueblo a cargo de Dalmacio Mera.

Juez federal ordenó restituir las pensiones por discapacidad en Catamarca

La resolución de Guillermo Díaz Martínez hizo lugar a la cautelar de APYFADIM, presentada con patrocinio de la Defensoría del Pueblo a cargo de Dalmacio Mera.

El juez federal Nº2 de Catamarca, Guillermo Díaz Martínez, resolvió hacer lugar a la medida cautelar impulsada por la Asociación de Personas y Familiares de Discapacitados Motores (APYFADIM), acompañada por la Defensoría del Pueblo de la provincia, y ordenó a la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) restituir las pensiones suspendidas a todos los beneficiarios afectados en Catamarca. La sentencia se conoció en las últimas horas y respalda el dictamen previo del fiscal federal Santos Reynoso. Con este fallo, la provincia se suma al antecedente de La Rioja, donde también se logró revertir la suspensión de las pensiones.

En su decisión, Díaz Martínez destacó la legitimidad del Defensor del Pueblo, Dalmacio Mera, para actuar en representación del colectivo de personas con discapacidad, considerando que se trata de derechos sociales de “indudable naturaleza colectiva” vinculados a la subsistencia digna de sus titulares. El magistrado ordenó a la ANDIS que, en un plazo de 24 horas, restablezca el pago de la totalidad de las pensiones y abone los haberes retenidos. Asimismo, dispuso que se suspendan las auditorías y nuevas bajas mientras dure el proceso judicial.

La acción de amparo había sido presentada por Griselda Bazán, presidenta de APYFADIM, junto a seis pensionados afectados, quienes fueron patrocinados por la Defensoría del Pueblo. El planteo incluyó el pedido de nulidad de los actos administrativos de suspensión y la declaración de inconstitucionalidad del decreto 843/2024. Según detallaron, muchos beneficiarios recién se enteraron de la medida al intentar cobrar y al recibir notificaciones mediante cartas documento con lenguaje técnico inaccesible, lo que agravó la vulneración de sus derechos.

Este fallo representa un triunfo para la defensa de los sectores más vulnerables y refuerza el rol activo de la Defensoría del Pueblo en la protección de derechos sociales. Además, sienta un precedente que podría extenderse a otras provincias, donde ya se presentaron acciones similares.

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