
COMENZÓ LA VEDA ELECTORAL EN TODO EL PAÍS: QUÉ ACTIVIDADES ESTÁN PROHIBIDAS SEGÚN LA LEY
Desde las 8 de la mañana rige la veda establecida por el Código Electoral Nacional. No se permiten actos políticos, publicidad ni consumo de alcohol antes de los comicios.
A partir de las 8:00 de este viernes comenzó en todo el país la veda electoral previa a las elecciones legislativas del domingo 26 de octubre. La medida, prevista en el Código Electoral Nacional (Ley 19.945), establece una serie de restricciones destinadas a garantizar la transparencia del proceso y preservar la libertad del voto ciudadano.
Entre las prohibiciones más importantes se incluyen la difusión de propaganda política, la realización de actos partidarios, la publicación de encuestas o sondeos electorales y la venta de bebidas alcohólicas desde la noche anterior a los comicios. También se prohíben los espectáculos públicos, ya sean deportivos, teatrales o musicales, tanto en espacios abiertos como cerrados, hasta tres horas después del cierre de los comicios previsto para las 18:00 del domingo.
El artículo 71 del Código Electoral especifica además que los locales partidarios no pueden permanecer abiertos dentro de un radio de 80 metros de los centros de votación. En caso de incumplimiento, la Junta Electoral Nacional puede ordenar su cierre transitorio. Asimismo, queda prohibido tomar fotografías de la Boleta Única de Papel (BUP) dentro del cuarto oscuro, bajo pena de sanción penal.
Quienes infrinjan las disposiciones de la veda pueden enfrentar penas de prisión de uno a tres años, y en los casos más graves —como la violación del secreto del voto o el ofrecimiento de boletas dentro del radio restringido— las sanciones pueden llegar hasta diez años de cárcel.
El período de veda se extenderá hasta el domingo a las 21:00, cuando finalicen oficialmente los comicios y puedan retomarse las actividades públicas y políticas en todo el territorio nacional.