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LA JUSTICIA FEDERAL ORDENA RESTITUIR TODAS LAS PENSIONES POR INVALIDEZ Y RECONOCE EL PAPEL CLAVE DEL DEFENSOR DEL PUEBLO DE CATAMARCA

El fallo declara ilegales las bajas masivas aplicadas bajo el Decreto 843/24, exige devolver haberes y restablecer más de 119.000 pensiones en 24 horas. La intervención del Dr. Dalmacio Mera fue considerada determinante.

LA JUSTICIA FEDERAL ORDENA RESTITUIR TODAS LAS PENSIONES POR INVALIDEZ Y RECONOCE EL PAPEL CLAVE DEL DEFENSOR DEL PUEBLO DE CATAMARCA

El fallo declara ilegales las bajas masivas aplicadas bajo el Decreto 843/24, exige devolver haberes y restablecer más de 119.000 pensiones en 24 horas. La intervención del Dr. Dalmacio Mera fue considerada determinante.

La Justicia Federal dictó sentencia definitiva en el amparo colectivo iniciado en Catamarca y ordenó al Estado Nacional restituir todas las pensiones por invalidez suspendidas de manera irregular en el marco del Decreto 843/24. La resolución, que beneficia a más de 119.000 familias en todo el país, calificó como arbitrario y carente de legalidad el procedimiento aplicado por la Administración, ejecutado sin acto administrativo válido y sin respetar el debido proceso. La medida devuelve un ingreso esencial a miles de personas con discapacidad que habían quedado en situación de extrema vulnerabilidad.

El caso comenzó en septiembre de 2025, cuando el Juzgado Federal de Catamarca hizo lugar a una cautelar urgente tras constatar que cientos de titulares se enteraron de la suspensión de sus haberes sin notificación formal ni fundamentos. La Justicia halló múltiples irregularidades en las auditorías de la Agencia Nacional de Discapacidad, como citaciones defectuosas, plazos insuficientes y exigencias incompatibles con la situación del colectivo afectado. Ante la magnitud del daño, el Tribunal extendió pocos días después la medida precautoria a todo el país.

En noviembre, al resolver el fondo del asunto, la Justicia Federal concluyó que las bajas se ejecutaron mediante “vías de hecho”, sin actos administrativos, sin motivación y en violación de derechos constitucionales fundamentales: defensa, salud, propiedad y subsistencia digna. El fallo determinó que las pensiones no contributivas integran el patrimonio de sus titulares y no pueden ser suspendidas sin un procedimiento válido. Por ello, ordenó restituir todos los beneficios afectados, devolver haberes adeudados y cumplir con la totalidad de la medida en un plazo máximo de 24 horas.

La sentencia destacó el rol determinante del Defensor del Pueblo de Catamarca, Dr. Dalmacio Mera, quien impulsó la acción colectiva en representación de personas con discapacidad y organizaciones civiles afectadas. El Tribunal subrayó que su intervención fue indispensable en un contexto de vacancia del Defensor del Pueblo de la Nación y permitió garantizar el acceso a la Justicia de miles de personas imposibilitadas de litigar individualmente.

Con este pronunciamiento, la Justicia Federal sienta un precedente de alcance nacional al declarar ilegales las bajas masivas, restituir un derecho alimentario esencial y reafirmar la importancia del control judicial frente a prácticas administrativas irregulares. La resolución devuelve estabilidad a más de 119.000 familias y constituye un hito en la protección de los derechos de las personas con discapacidad en la Argentina.

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