
EL GOBIERNO DIFUNDIÓ UN NUEVO BORRADOR DE LA REFORMA LABORAL CON CAMBIOS EN VACACIONES, INDEMNIZACIONES Y PLATAFORMAS DIGITALES
El texto actualizado detalla modificaciones sobre licencias, despidos, bancos de horas, salarios y trabajo en plataformas, en medio del debate entre oficialismo, sindicatos y empresarios.
Un nuevo borrador del proyecto de reforma laboral comenzó a circular en las últimas horas y expone los lineamientos generales que el Gobierno busca aprobar con respaldo empresarial y rechazo sindical. El texto, debatido en el Consejo de Mayo, introduce cambios en regímenes especiales, procedimientos judiciales y principios rectores del derecho laboral, incluyendo vacaciones, licencias por enfermedad, indemnizaciones y regulación del trabajo en plataformas digitales.
En materia de vacaciones, reafirma el derecho a un periodo anual pago y habilita acuerdos para extenderlo, respetando los mínimos legales. Establece que el empleador deberá otorgarlas entre el 1° de octubre y el 30 de abril, notificando su inicio con 45 días de anticipación, e incorpora la posibilidad de acumulación excepcional y fraccionamiento.
El proyecto contempla que las convenciones colectivas puedan fijar regímenes ajustados a cada actividad, incluyendo banco de horas, horas extras y francos compensatorios, siempre respetando descansos mínimos de 12 horas entre jornadas y 35 horas semanales. Permite calcular la jornada en base a promedios y compensar días con mayor o menor carga sin superar el máximo legal semanal.
Sobre indemnizaciones, reemplaza el esquema uniforme por fondos o seguros sectoriales de cese cuando lo disponga la negociación colectiva, financiados por aportes mensuales de empleadores. Precisa que integran la base de cálculo el salario básico, sumas habituales, antigüedad y remuneraciones ordinarias, excluyendo pagos extraordinarios. Habilita pagos fraccionados y limita intereses. En despidos sin causa mantiene un mes de sueldo por año de servicio como referencia, mientras que en despidos con causa define taxativamente las causales y exige notificación electrónica fundada.
El borrador regula la respuesta ante conflictos en servicios esenciales, fijando un mínimo del 75% de funcionamiento en sectores críticos y del 50% en áreas estratégicas como salud, energía, telecomunicaciones, transporte, educación, logística, bancos y comercio digital. En materia salarial, incorpora sumas fijas y variables, digitaliza recibos y documentación asociada, y aclara qué conceptos integran la remuneración computable.
Sobre enfermedades inculpables y profesionales, habilita certificados médicos digitales, crea un sistema centralizado de control y detalla procedimientos ante ausencias prolongadas, abandono de trabajo o incapacidad permanente. Establece que, si un tribunal ordena la reinstalación tras un despido ilegítimo, el trabajador podrá optar entre volver al puesto o cobrar la indemnización, y en caso de reincorporación deberán abonarse los salarios caídos.
La regulación de plataformas de reparto reconoce la relación laboral entre empresas digitales y repartidores, exigiendo registro, aportes a la seguridad social, seguros por accidentes y reglas específicas sobre jornada, descansos y remuneraciones mínimas. También garantiza derechos sindicales y participación en negociaciones colectivas.