
LA CÁMARA FEDERAL ORDENÓ PROFUNDIZAR LA INVESTIGACIÓN SOBRE LOS AUDIOS QUE ORIGINARON LA CAUSA ANDIS
El tribunal revocó una decisión del Juzgado Federal Nº 11 y pidió esclarecer el origen y la autenticidad de las grabaciones atribuidas a Diego Spagnuolo, en una causa por presuntas coimas que reaviva el debate sobre audios editados o manipulados.
La Cámara Federal dispuso que el juez Sebastián Casanello avance con medidas concretas para determinar el origen y la veracidad de los audios atribuidos a Diego Spagnuolo, material que dio impulso a la causa por presuntas coimas en la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS). La resolución revocó un fallo del Juzgado Federal Nº 11 que había rechazado los planteos de nulidad formulados por las defensas de los hermanos Kovalivker y del propio Spagnuolo, y es seguida con atención en varias provincias, entre ellas Catamarca, donde crecen las discusiones sobre el uso judicial de audios editados o manipulados.
El pronunciamiento fue firmado por los camaristas Martín Irurzun y Roberto Boico, con la disidencia de Eduardo Farah. La mayoría remarcó que el expediente se inició a partir de una denuncia particular basada en trascendidos periodísticos y advirtió que todavía no se acreditó si las grabaciones fueron manipuladas, editadas o incluso confeccionadas total o parcialmente mediante inteligencia artificial. En ese marco, hicieron lugar al planteo de la defensa de Spagnuolo, que sostiene que el material constituye una prueba que vulnera derechos y garantías constitucionales por haber sido incorporada sin certezas sobre su procedencia, de forma subrepticia y con la posibilidad de ser falsa, adulterada u obtenida sin consentimiento.
Los jueces señalaron que, sin una verificación adecuada, resulta improcedente discutir la admisibilidad de grabaciones aportadas por particulares cuando el propio expediente no respalda esa afirmación. A la vez, destacaron que la conversación en cuestión habría tenido lugar en un ámbito que no se presenta como estrictamente privado y que, hasta el momento, no se demostró que hubiese sido registrada mediante métodos inconstitucionales o ilegales. La ausencia de certezas sobre el origen del material, subrayaron, impide tanto convalidar la decisión de primera instancia como acceder de manera definitiva a los pedidos de las defensas.
La defensa de Spagnuolo, representada por Mauricio D’Alessandro y Pablo Parera, planteó que los audios presentan indicios técnicos de alteración, como falta de metadatos, fragmentación, microcortes y cambios acústicos, e incluso mencionó la posible intervención de voz sintética generada por inteligencia artificial. Según los abogados, estas características ponen en duda la autenticidad de las grabaciones y habilitan la hipótesis de una interceptación ilegal. También cuestionaron que el material se haya incorporado al expediente sin una pericia oficial previa, lo que a su entender afecta el valor de los dictámenes del Ministerio Público Fiscal y de las medidas que se dictaron con posterioridad.
Sobre esa base, solicitaron la nulidad de la resolución y de todos los actos que se apoyaron en esos audios, además del sobreseimiento de Spagnuolo por contaminación probatoria, invocando la doctrina conocida como “fruto del árbol envenenado”. Para sustentar su postura, acompañaron un informe del perito Miguel Ángel de la Torre Guijarro, quien concluyó que la grabación en la que se mencionan presuntos retornos del 3% en la compra de medicamentos fue sometida a múltiples procesos de edición y modificación.
El especialista puntualizó que no tuvo acceso al registro completo, por lo que no puede emitir un dictamen totalmente concluyente sobre la autenticidad del archivo. No obstante, determinó que la pieza analizada no es íntegra y presenta 18 cortes compatibles con una edición deliberada, además de otros elementos técnicos vinculados a errores posteriores al registro original. También identificó variaciones bruscas en parámetros de amplitud y frecuencia que, según su evaluación, no se corresponden con una grabación continua. Con estas observaciones, la Cámara ordenó profundizar la investigación pericial antes de definir el alcance y la validez de esa prueba en la causa ANDIS.