
ACTUALIZAN LOS LÍMITES PARA TRANSFERENCIAS Y MOVIMIENTOS EN CUENTAS Y BILLETERAS VIRTUALES
La ARCA fijó nuevos montos desde marzo de 2026 que determinan cuándo las operaciones quedan bajo monitoreo y deben ser informadas.
El 23 de marzo de 2026, la ARCA informó la actualización de los límites para transferencias bancarias y operaciones con billeteras virtuales, vigentes desde marzo. La medida establece nuevos montos a partir de los cuales las entidades deben reportar movimientos y busca adecuar los controles al contexto inflacionario y al uso creciente de medios digitales.
Según lo dispuesto, los bancos y plataformas deberán informar cuando los saldos mensuales de una cuenta igualen o superen los $1.500.000. Además, se fijó en $1.000.000 el límite por operación para transferencias sin necesidad de justificar el origen de los fondos.
Otro parámetro incorporado es el umbral de $600.000 mensuales en consumos, a partir del cual las entidades deben reportar los gastos acumulados de sus clientes. La normativa también establece que, aunque no hay un tope en la cantidad de movimientos, se evalúa el total operado durante el mes.
Cuando se superan estos valores, se activan alertas automáticas que pueden derivar en controles más exhaustivos. En esos casos, si el titular no logra justificar el origen de los fondos, el organismo puede aplicar sanciones como multas, bloqueos de cuentas o dar intervención a la Unidad de Información Financiera.
La actualización de estos topes se realiza de manera automática cada seis meses y toma como referencia la evolución del Índice de Precios al Consumidor publicado por el INDEC. Además, la ARCA mantiene la facultad de requerir información adicional ante inconsistencias entre ingresos declarados y niveles de gasto, independientemente del saldo final.