
NUEVO ADICIONAL POR FORMACIÓN ACADÉMICA PARA MILITARES: PODRÁ LLEGAR AL 25% DEL HABER
El beneficio alcanzará a personal en actividad, retirados y pensionados. Entrará en vigencia el 1 de julio y dependerá del nivel de estudios acreditado.
El Gobierno nacional dispuso la creación de un nuevo suplemento por formación académica destinado al personal de las Fuerzas Armadas. La medida fue establecida mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 473/2026 y alcanzará a militares en actividad, retirados y pensionados, con adicionales que oscilarán entre el 10% y el 25% de los haberes según el nivel educativo acreditado.
La normativa modifica la Ley para el Personal Militar N.º 19.101 e incorpora el denominado “suplemento por título” como un beneficio general para integrantes del cuadro permanente. Para acceder al adicional, los estudios deberán estar vinculados con las funciones desempeñadas dentro de la fuerza.
De acuerdo con el decreto, quienes cuenten con títulos de posgrado, especialización, maestría o doctorado percibirán un suplemento equivalente al 25% de su haber mensual. En tanto, los títulos universitarios de grado con una duración mínima de cuatro años otorgarán un adicional del 15%, mientras que las tecnicaturas y estudios superiores de al menos dos años habilitarán un incremento del 10%.
El Poder Ejecutivo señaló que la medida busca fortalecer la incorporación y permanencia de profesionales en áreas estratégicas para la Defensa, entre ellas ingeniería, informática, medicina, logística, ciberseguridad y derecho internacional humanitario. Según los fundamentos del DNU, la falta de incentivos económicos para quienes alcanzan mayores niveles de capacitación dificulta la retención de recursos humanos especializados.
El nuevo esquema también beneficiará a retirados y pensionados, siempre que los títulos hayan sido obtenidos antes del pase a retiro. Además, reemplaza el actual suplemento particular por título terciario por un sistema unificado basado en el nivel académico alcanzado. La disposición entrará en vigencia el 1 de julio de 2026 y deberá ser evaluada posteriormente por la Comisión Bicameral Permanente del Congreso.