
EL BANCO CENTRAL HABILITÓ LAS CUENTAS SUELDO EN DÓLARES
La medida permite que los empleadores paguen salarios en moneda estadounidense y garantiza que las cuentas tengan los mismos servicios gratuitos que las cuentas sueldo en pesos.
El Banco Central habilitó las cuentas sueldo en dólares, permitiendo que los empleadores depositen remuneraciones en moneda estadounidense. La disposición alcanza tanto a los trabajadores comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo como a quienes no están alcanzados por esa normativa, y responde a lo establecido en la Ley 27.802 de Modernización Laboral.
La medida fue oficializada mediante la Comunicación “A” 8460, que incorporó al dólar estadounidense como moneda admitida para la captación de depósitos en las cuentas sueldo. Según la normativa, estas cuentas contarán con los mismos servicios gratuitos que las abiertas en pesos, incluyendo la apertura y el mantenimiento sin costo, además de las transferencias y extracciones de fondos.
En cuanto a la operatoria, el Banco Central estableció que las entidades financieras deberán permitir depósitos y retiros de efectivo en la sucursal donde esté radicada la cuenta. En otras sucursales, cajeros automáticos o terminales de autoservicio, la disponibilidad de dólares dependerá de la existencia de billetes en cada entidad.
El organismo también aclaró que la gratuidad de la cuenta se mantendrá hasta el monto de las acreditaciones derivadas de la relación laboral, acumulando los importes no retirados sin límite de tiempo. De este modo, los trabajadores podrán conservar los fondos depositados en la cuenta sin afrontar comisiones por su mantenimiento.