
KUNZ Y VALDEZ IRÁN A JUICIO POR UNA PRESUNTA TRAMA DE NARCOTRÁFICO
El juez federal Miguel Ángel Contreras rechazó los planteos defensivos y clausuró la instrucción contra los dos exfuncionarios policiales.
El juez federal Miguel Ángel Contreras elevó a juicio oral la causa contra Carlos Alfredo Kunz, exsubjefe de la Policía de la Provincia y extitular de la Dirección Drogas Peligrosas, y el subcomisario Norberto Enrique “Rulo” Valdez. Ambos deberán responder ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal, con una integración colegiada.
La resolución rechazó los planteos de nulidad y el pedido de sobreseimiento formulados por la defensa de Kunz, representada por Mariana Barbitta y Mariano Abel Balanovsky. Los exfuncionarios están acusados de integrar una presunta estructura dedicada a brindar cobertura estatal al narcotráfico, cobrar coimas y sustraer droga secuestrada durante procedimientos oficiales para reintroducirla en el circuito comercial.
Kunz llegará al debate como presunto autor de cohecho pasivo, organizador de la comercialización agravada de estupefacientes y sustracción de medios de prueba. Valdez, por su parte, está acusado como presunto partícipe necesario en la comercialización agravada de estupefacientes y por sustracción de medios de prueba, de acuerdo con las figuras detalladas en la resolución judicial.
Entre las pruebas incorporadas figuran intervenciones telefónicas realizadas por el Centro de Reunión de Información “Catamarca” de Gendarmería Nacional. Una de las comunicaciones registra una conversación entre Kunz y el imputado arrepentido y expolicía Dante Orlando “Chupete” Molina sobre dinero relacionado con droga. También se incluyeron registros vinculados con presuntos pagos y audios aportados por otros declarantes.
El expediente también describe el operativo “Piñata”, ocurrido el 13 de marzo de 2018, una presunta maniobra de amenazas ficticias contra funcionarios judiciales y un encuentro entre Valdez y Héctor Ricardo “Gordo Richard” Altamiranda. Al rechazar los planteos defensivos, Contreras sostuvo que no existía “certeza negativa para el dictado del sobreseimiento” y consideró que las conductas investigadas excedieron el trabajo habitual y el trato con informantes.